¿Un comerciante/empresario individual es patrono y empleado a la vez?

Con el nuevo acuerdo del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social-IGSS- emitido por la Junta Directiva vigente desde enero pasado, muchos tienen dudas al respecto. Empresario individual, pequeño contribuyente, profesional, artesano, etc. Que no tiene empleado NO está obligado a inscribirse como ante el Seguro Social, esto debido a razones del mismo acuerdo Según el artículo 6 del Acuerdo 1529 los patronos deben inscribirse al régimen de seguridad social y se entiende que tienen  calidad de patrono, además el artículo en cuestión indica que debe inscribir a trabajador o trabajadores y también el artículo 8 regula que es patrono la persona individual o jurídica, en otra palabras, el patrono no es… Leer más

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Registro en el padrón de Importadores

Registro del Padrón de Importadores Importaciones Todos los contribuyentes que realizan importaciones con carácter comercial deben inscribirse en el Registro de Importadores de la SAT y cumplir con los requisitos siguientes:  Estar inscrito en el Registro Tributario Unificado -RTU-. Tener actualizados sus datos en el RTU. En caso los datos no estén actualizados, deberá actualizarlos en: i. Cualquier oficina o agencia tributaria.ii. Agencia Virtual o plataforma informática que se encuentre habilitada para el efecto.cumpliendo con los requisitos establecidos. Estar solvente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales y materiales. Tener establecimiento activo en el RTU y estar afiliado a impuestos. (IVA, ISR y otros, no aplica el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos). NOTA: Se entiende… Leer más

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CRITERIO DE LA SAT, RESPECTO A BANCARIZACIÓN

Bancarización-Ley CRITERIO DE LA SAT, RESPECTO A BANCARIZACIÓN Recientemente, la SAT emitió el documento titulado “Criterio Tributario Institucional No. 05-2021” con el título de “Aplicación de bancarización en el pago a proveedores a través de terceros o pagos realizados por terceros”. Por su trascendencia en las operaciones de los contribuyentes, a continuación, resumimos la parte medular del documento. LA NORMA FISCAL El artículo 20 del Decreto número 20-2006, establece lo siguiente: “Los pagos que realicen los contribuyentes para respaldar costos y gastos deducibles o constituyan créditos fiscales y demás egresos con efectos tributarios, a partir Q 30, 000.00, deben realizarse por cualquier medio que faciliten los bancos del sistema, distinto… Leer más

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