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Decreto 29-89: La ley que te permite exportar con beneficios fiscales
Fiscal · Comercio exterior · Guatemala

Decreto 29-89: La ley que te permite
exportar con beneficios fiscales

Todo lo que un emprendedor o empresario guatemalteco necesita saber sobre la Ley de Maquila: qué es, qué beneficios ofrece y cómo acogerse a ella.

Actualizado marzo 2026 Lectura: 6 min Ramírez & Asociados

1. ¿Qué es el Decreto 29-89?

El Decreto 29-89, oficialmente llamado Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila, es la principal ley de incentivos fiscales para empresas que exportan desde Guatemala. Fue creado en 1989 y reformado en 2016 para cumplir con normas internacionales de comercio.

Antes de esta ley, Guatemala exportaba principalmente café, banano y cardamomo. Hoy, más del 73% de las exportaciones son productos no tradicionales como ropa, textiles y servicios tecnológicos — una transformación directamente ligada a los incentivos que esta ley ofrece.

En términos simples: si tienes una empresa que fabrica productos para venderlos fuera de Guatemala o que presta servicios a clientes en el extranjero, esta ley podría darte beneficios importantes como exoneración de impuestos y eliminación de aranceles sobre tus insumos.

📊
Impacto en números Más de 987 empresas calificadas, aproximadamente 600,000 empleos generados y exportaciones textiles por US$1,543 millones en 2025.

¿Quiénes NO pueden acogerse?

La ley excluye expresamente ciertos productos y empresas. No pueden beneficiarse quienes exporten:

  • Café, cardamomo, banano fresco, azúcar de caña o ganado bovino
  • Petróleo crudo, madera en troza o algodón sin procesar
  • Empresas con deudas tributarias pendientes con la SAT o cuotas impagas al IGSS
  • Quienes ya gocen de incentivos fiscales bajo otras leyes guatemaltecas

2. Regímenes y categorías de empresas

La ley establece 4 regímenes aduaneros y 7 categorías de empresas. Aquí te explicamos los más relevantes en lenguaje sencillo:

Régimen ¿Qué significa en la práctica? Plazo
Admisión Temporal Importas materias primas sin pagar aranceles ni IVA, con la condición de que el producto final lo exportes 1 año
Devolución de Derechos Pagas los aranceles al importar, pero te los devuelven cuando demuestras que exportaste el producto terminado 6 meses
Reposición con Franquicia Repones las materias primas que ya usaste en exportaciones anteriores, importándolas sin pagar aranceles Sin límite fijo
Componente Nacional Total Produces con insumos 100% guatemaltecos o ya nacionalizados para exportar Sin límite fijo

¿En qué categoría entraría tu empresa?

Tras la reforma de 2016, hay dos categorías con los mayores beneficios fiscales:

👕
Empresa Productora Fabricas ropa, textiles, telas u otros artículos del ramo textil para exportarlos. Es la categoría más activa en Guatemala.
💻
Empresa Prestadora de Servicios Ofreces servicios tecnológicos a clientes en el exterior: centros de llamadas (call centers), desarrollo de software, contenido digital o servicios de soporte.

💡 Dato importante: A diferencia de las zonas francas, las empresas calificadas bajo el Decreto 29-89 pueden instalarse en cualquier punto del territorio nacional, no necesitan estar en una zona específica.

3. Beneficios fiscales: ISR, IVA y aranceles

Esta es la parte que más le interesa a cualquier empresario. Los beneficios dependen de la categoría en la que te califiques:

Beneficio Maquiladoras / Exportadoras generales Productoras y Prestadoras de servicios
Aranceles sobre materias primas Suspensión temporal (1 año) Suspensión temporal (1 año)
IVA sobre materias primas Suspensión temporal (1 año) Suspensión temporal (1 año)
Aranceles sobre maquinaria y equipo No aplica ✅ Exoneración total
IVA sobre maquinaria y equipo No aplica ✅ Exoneración total
Impuesto Sobre la Renta (ISR) No aplica (eliminado en 2016) ✅ Exoneración total por 10 años
Impuestos sobre combustibles No aplica ✅ Exoneración para generación de energía

⚠️ Importante: La exoneración del ISR por 10 años aplica desde la fecha de notificación de tu calificación, no desde que inicias operaciones. Si tu empresa fue calificada antes del 31 de marzo de 2016 bajo el régimen anterior, conserva sus derechos adquiridos por el tiempo restante.

¿Cuánto puede ahorrarte esto?

Para una empresa productora o prestadora de servicios, los ahorros potenciales en los primeros 10 años incluyen el ISR (25% sobre utilidades) más los aranceles sobre toda la maquinaria de importación y los insumos del proceso productivo. En empresas con operaciones medianas, estos beneficios pueden representar millones de quetzales en ahorro fiscal acumulado.

4. Cómo calificarse paso a paso

El proceso de calificación se realiza ante la Dirección de Política Industrial del Ministerio de Economía (MINECO). El trámite tarda entre 30 y 45 días hábiles.

1
Verifica que tu actividad sea elegible Confirma que tu empresa exporta productos o servicios no excluidos por la ley, que no tienes deudas con SAT o IGSS, y que no gozas de incentivos bajo otras leyes.
2
Prepara el informe técnico-económico Debes presentar: plan de inversiones, capacidad de producción instalada, descripción de maquinaria y equipos, estados financieros certificados y documentación de tu empresa (acta de constitución, RTU, NIT, patente de comercio).
3
Presenta la solicitud ante el MINECO Ingresa el expediente completo a la Dirección de Política Industrial. El plazo para el dictamen técnico es de 30 días hábiles.
4
Resolución ministerial Tras el dictamen técnico favorable, el Ministerio emite la resolución de calificación en 15 días hábiles adicionales.
5
Constituye la garantía Para los derechos arancelarios suspendidos debes constituir una garantía: depósito en efectivo, fianza (mínimo Q100,000), seguro de caución o garantía hipotecaria.
6
Inicio de operaciones Con tu calificación vigente, puedes comenzar a importar insumos bajo el régimen y aplicar las exoneraciones fiscales correspondientes. Los 10 años de exoneración del ISR corren desde la fecha de notificación.

Obligaciones que debes mantener

  • Llevar contabilidad de costos e inventarios perpetuos (requisito indispensable para la exoneración del ISR)
  • Exportar efectivamente los productos fabricados con insumos importados bajo admisión temporal
  • Mantener al día tus obligaciones con SAT, IGSS y el Ministerio de Trabajo
  • Renovar y actualizar tu expediente ante el MINECO ante cambios relevantes en tu operación
  • Informar subcontrataciones y transferencias entre empresas calificadas

¿Tu empresa podría calificarse bajo el Decreto 29-89?

En Ramírez & Asociados te ayudamos a evaluar si tu negocio cumple los requisitos, preparamos el expediente técnico y te acompañamos en todo el proceso de calificación ante el MINECO. Primera consulta sin costo.

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