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Contribuyentes y controles tributarios de la SAT Guatemala
Foto: Prensa Libre / Urías Gamarro · SAT Guatemala
Alerta Tributaria SAT Guatemala Noviembre 2025

¿Tiene omisos en la SAT? Suspensiones automáticas en el régimen del IVA

La SAT aplicará suspensiones automatizadas del régimen del IVA a contribuyentes con omisos sustantivos. A partir del 20 de noviembre, el proceso será completamente automatizado — sin aviso presencial.

Acción requerida

Si usted o su empresa tiene declaraciones de IVA pendientes, tiene un plazo de 45 días para regularizar antes de ser suspendido del régimen. La suspensión impide emitir DTE/FEL, actualizar RTU y obtener solvencia fiscal.

¿Qué está ocurriendo?

A partir de noviembre de 2025, los contribuyentes que registren omisos sustantivos — es decir, que no han reportado sus operaciones de facturación ante la SAT, o que han omitido en su declaración el valor efectivamente facturado — serán suspendidos automáticamente del régimen del IVA y no podrán emitir documentos tributarios electrónicos.

La medida se fundamenta en el artículo 120 del Código Tributario y fue anunciada por el superintendente Werner Ovalle junto a los intendentes Érick Echeverría Mazariegos (Recaudación) y Yaneth Lima (Atención al Contribuyente).

Plazos del proceso de suspensión

Primer aviso — 30 días antes
La SAT notifica al contribuyente que tiene omisos sustantivos pendientes. Inicia el conteo.
Segundo aviso — 15 días antes
Segunda notificación de alerta. Es el último aviso antes de la suspensión automática.
Suspensión automática — Día 45
El sistema suspende automáticamente la afiliación al régimen del IVA. El contribuyente queda bloqueado para emitir DTE/FEL, actualizar RTU y obtener solvencia fiscal.
Reactivación — 24 horas tras el pago
Una vez efectuado el pago del IVA omiso, la afiliación se reactiva automáticamente en un plazo máximo de 24 horas.

Consecuencias de ser suspendido

No podrá emitir DTE / FEL

Queda inhabilitado para facturar electrónicamente — impacto directo en la operación diaria del negocio.

Sin actualización de RTU

No podrá actualizar el Registro Único Tributario mientras la suspensión esté vigente.

Sin solvencia fiscal

No podrá obtener constancia de solvencia, lo que afecta licitaciones, contratos y trámites bancarios.

Sin cese de actividades

Tampoco podrá efectuar el cese de actividades ante la SAT mientras esté suspendido.

El alcance del problema en cifras

770,079
Contribuyentes suspendidos desde oct. 2023 a nov. 2025
554,601
NIT que mantienen su afiliación suspendida actualmente
215,478
Contribuyentes que ya regularizaron su situación

La recaudación lograda durante ese período gracias a las presentaciones de declaraciones fue de Q 487.38 millones.

Régimen NIT con omisos Facturación pendiente Muestra inicial (9%)
Régimen General del IVA 22,000 Q 9,008 millones 2,125 NIT · Q 2,168 M
Régimen Pequeño Contribuyente 68,500 Q 2,526 millones 5,803 NIT · Q 318 M
Total 90,500+ Q 11,534 millones 7,928 NIT (9%)

La implementación será gradual y no masiva, comenzando con el 9% de los NIT identificados.

¿Cómo regularizar su situación?

Queremos que los contribuyentes se acerquen y se regularicen de forma voluntaria. Que cumplan con sus obligaciones tributarias de manera ordenada.” — Superintendente Werner Ovalle, SAT.

Si tiene omisos: (1) presente las declaraciones pendientes ante la SAT, (2) realice el pago del IVA correspondiente, y (3) en 24 horas su régimen será reactivado automáticamente. Le recomendamos actuar antes de recibir el primer aviso.

Fuente: Prensa Libre · Conferencia de prensa SAT Guatemala · Noviembre 2025. Análisis y sistematización: Ramírez & Asociados.

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